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A blanquear sin costo ni preguntas: la Afip reglamentó el régimen de regularización de activos

Por Monefin · · 2 min de lectura

A blanquear sin costo ni preguntas: la Afip reglamentó el régimen de regularización de activos

Fácil para evadir impuestos y justicia. La exteriorización extingue cualquier acción civil y por delitos tributarios, cambiarios y aduaneros. También, las acciones penales. Y los blanqueadores quedarán inmunes a las presunciones de incremento patrimonial no justificado

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó este miércoles el procedimiento para adherir al Régimen de Regularización de Activos que permitirá a los residentes y no residentes regularizar activos sin límite de monto sin costo alguno.

La medida está contemplada en la Ley 27.743 bautizada “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes”. La Resolución General 5528 publicada en el Boletín Oficial detalla que el dinero negro ingresado en el sistema financiero deberá quedar hasta el 31 de diciembre de 2025 o invertirse en colocaciones autorizadas por el Ministerio de Economía.

Además, quienes regularicen bienes o tenencias por hasta 100.000 dólares estarán exentos del pago de impuestos. La normativa también facilita la adhesión de personas que perdieron su residencia fiscal antes del 31 de diciembre de 2023, quienes podrán recuperar su residencia a partir del 1° de enero de 2024.

El régimen establece tres etapas con alícuotas decrecientes:

  • hasta el 30 de septiembre de 2024: 5%
  • hasta el 31 de diciembre de 2024: 10%
  • hasta el 31 de marzo de 2025: 15%.

Los bienes a blanquear deben estar en posesión del contribuyente al 31 de diciembre de 2023 y acreditarse en la declaración jurada correspondiente.

Es la última oportunidad hasta 2038. La ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes establece que quienes adhieran al blanqueo no van a poder inscribirse en otros regímenes similares hasta el 31 de diciembre de 2038. El dinero en efectivo debe ser depositado en una cuenta especial de Regularización de Activos para evitar el pago de impuestos y debe regularizarse antes del 30 de septiembre de 2024.

Sin acciones penales ni sospechas: los beneficios

  • Se libera de cualquier acción civil y por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas.
  • Extingue la acción penal, excepto las iniciadas por particulares que hubieran sido perjudicados.
  • No se aplicarán las presunciones del incremento patrimonial no justificado
  • Beneficios a cumplidores: La normativa prevé una reducción de 0,5% de la alícuota del impuesto sobre los bienes personales para los períodos 2023, 2024 y 2025 para aquellos contribuyentes que hayan cumplido con sus declaraciones y pagos en 2020, 2021 y 2022.

Recaudar sin mirar El Gobierno tiene, como escenario de base, una proyección en la que el blanqueo de capitales incluido en el paquete fiscal de la Ley Bases le aporte una recaudación de 0,3% del PBI. En términos absolutos, equivale en la estimación oficial a casi 2.000 millones de dólares.

El impuesto especial del blanqueo prevé un esquema de tasas progresivas de 5%, 10% y 15% que la AFIP cobraría a quien ingrese según la etapa de la exteriorización en que los contribuyentes se adhieran. El escalonamiento, siendo más barato cuanto antes se formalice, está planeado para incentivar un ingreso temprano.

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