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Deudas viejas y Veraz: cuándo prescriben y cuánto tiempo figurás

Una cosa es hasta cuándo te pueden reclamar una deuda y otra hasta cuándo podés aparecer en el Veraz o en la Central de Deudores del BCRA. Los plazos para tarjetas y préstamos, qué reinicia el reloj sin que te des cuenta y cómo corregir un dato desactualizado para volver a tener crédito.

Por Monefin · · 7 min de lectura

Mujer argentina revisa en la mesa de su casa una carta de deuda junto a su celular, billetes de pesos y una tarjeta de crédito, con el edificio del Banco Central de la República Argentina

Tenés una deuda vieja de tarjeta o de un préstamo, te llaman de un estudio de cobranzas y no sabés si todavía te pueden reclamar. O pagaste hace meses y seguís apareciendo en el Veraz. Son dos preguntas distintas con dos plazos distintos: uno dice hasta cuándo te pueden demandar (la prescripción) y otro hasta cuándo el dato puede figurar en los informes de crédito. Te explicamos los dos, qué es lo que reinicia el reloj sin que te des cuenta y cómo limpiar tu historial para volver a pedir una tarjeta o un préstamo.

Dos relojes distintos: prescripción y registro de deudores

La prescripción es el plazo después del cual el acreedor ya no puede reclamarte la deuda con éxito en un juicio. Lo regulan el Código Civil y Comercial y, para las tarjetas, la Ley 25.065 de Tarjetas de Crédito.

El registro de deudores (la Central de Deudores del Banco Central y los burós privados como Veraz o Nosis) tiene su propio plazo, fijado por la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales. Los dos se cuentan por separado: una deuda puede dejar de figurar en el Veraz sin estar prescripta, o estar prescripta y seguir apareciendo durante un tiempo.

Cuánto tarda en prescribir una deuda

Tarjeta de crédito: 1 y 3 años

La Ley 25.065 (artículo 47) fija 1 año para la acción ejecutiva, que es la vía rápida que puede usar el banco o la emisora, y 3 años para las acciones ordinarias. Pasado el primer año, el emisor ya no puede ir por la vía ejecutiva, pero sí puede demandarte por la vía ordinaria hasta que se cumplan los tres. La ley no dice con precisión desde cuándo se cuentan esos plazos: la lectura más habitual es desde el vencimiento del primer resumen que no pagaste, pero hay otras interpretaciones, así que conviene tomar la fecha con cuidado.

Préstamo personal en cuotas: 5 años

Para un préstamo personal rige el plazo general de 5 años del Código Civil y Comercial (artículo 2560). Cada cuota impaga empieza a correr desde su propio vencimiento; si el banco declaró vencida toda la deuda de golpe, el saldo completo pasa a ser exigible desde ese día.

Esto vale para tarjetas y préstamos personales. Cheques, pagarés, deudas con ARCA, multas, expensas o deudas que ya están en juicio tienen reglas propias.

Cuidado: qué reinicia el plazo y qué solo lo pausa

Este es el error más caro y el más común. Según el Código Civil y Comercial:

  • Reconocer la deuda reinicia el plazo desde cero (artículos 2544 y 2545). En la práctica se trata como reconocimiento un pago parcial, aunque sea chico, una promesa de pago por mail o WhatsApp o firmar una refinanciación.
  • Que te demanden también interrumpe la prescripción (artículo 2546).
  • Una carta documento solo la pausa: la suspende una sola vez y por hasta 6 meses (artículo 2541), y el tiempo que ya había corrido se conserva.

Además, la prescripción no se aplica sola: si te demandan, la tenés que plantear vos en el juicio, porque el juez no la declara de oficio (artículo 2552). Y si pagás una deuda que ya había prescripto, después no podés pedir que te devuelvan la plata (artículo 2538).

Cuánto tiempo podés figurar en el Veraz y en el BCRA

La Ley 25.326 (artículo 26, inciso 4) permite guardar y difundir datos sobre solvencia de los últimos 5 años. Si cancelás la deuda, ese plazo baja a 2 años y la base tiene que mostrar que está pagada. O sea: pagar no te borra en el acto, pero acorta mucho el tiempo que vas a figurar y cambia cómo te ven los bancos.

La Central de Deudores del BCRA, por su parte, muestra el historial de los últimos 24 meses. Se actualiza una vez por mes y los datos de cada mes se publican hacia fines del mes siguiente. Por eso, si pagaste una deuda en septiembre, recién en estos días, a fines de octubre, debería empezar a reflejarse.

Qué hacer si te llama un estudio de cobranzas

  1. No pagues ni prometas nada en la primera llamada. Cualquier pago o compromiso puede reiniciar el plazo.
  2. Pedí el detalle de la deuda por escrito: quién es el acreedor original, el monto, de qué producto viene y la fecha del primer pago que no hiciste.
  3. Revisá tu situación en la Central de Deudores del BCRA con tu CUIL, gratis, para ver quién te informa y en qué situación.
  4. Hacé la cuenta con las fechas. Si el plazo parece cumplido, consultá con un abogado o con la Defensoría del Consumidor de tu jurisdicción antes de mover nada.
  5. Si la deuda es real y está vigente, negociar puede convenirte: con la deuda cancelada, el dato pasa a figurar como pagado y el plazo baja a 2 años. Pedí siempre el acuerdo y el libre deuda por escrito.

Este contenido es informativo y no reemplaza el asesoramiento de un abogado sobre tu caso.

Cómo corregir un dato equivocado o desactualizado

Si ya pagaste y seguís apareciendo con deuda, o el dato directamente es falso, el camino es el que indica el propio Banco Central:

  1. Esperá la actualización. Fijate cuál es el último mes publicado en la Central de Deudores; si pagaste después, todavía no se va a ver.
  2. Reclamá primero a la entidad que informó el dato (el banco, la emisora de la tarjeta o la financiera) y guardá el número de reclamo. Por la Ley 25.326, el responsable de la base tiene 5 días hábiles para corregir o suprimir un dato una vez recibido el reclamo.
  3. Si no te responden o la respuesta no sirve, iniciá el trámite de rectificación o supresión ante el BCRA. Es gratuito y se hace solo en línea, con el formulario de su sitio. Necesitás el número de reclamo, foto del DNI de frente y dorso, la respuesta de la entidad si la hubo y los comprobantes de pago o acuerdos.
  4. Si el dato figura en Veraz o Nosis, pedí también a esas bases que lo actualicen. Si no cumplen, podés hacer la denuncia ante la Agencia de Acceso a la Información Pública o iniciar una acción de hábeas data.

Volver a tener crédito después del Veraz

Salir del Veraz lleva tiempo, pero se puede acelerar. Con la deuda cancelada y la situación otra vez en 1, empezá por productos de entrada: una tarjeta de crédito con límite bajo en el banco donde cobrás el sueldo o la jubilación, o un préstamo chico que puedas pagar sin atrasos. Pagar todo en fecha durante algunos meses es lo que más rápido mejora tu historial.

Antes de aceptar cualquier oferta, mirá siempre el costo financiero total (CFT) y no solo la cuota: las ofertas para personas con historial complicado suelen ser las más caras. Y desconfiá de quien te prometa "borrarte del Veraz" a cambio de un pago: ninguna gestoría puede hacer eso, los datos solo se corrigen por los caminos legales.

En resumen

  • Una deuda de tarjeta prescribe en 1 año por la vía ejecutiva y en 3 años por la ordinaria; un préstamo personal en cuotas, en 5 años.
  • Un pago parcial, una promesa de pago o una refinanciación reinician el plazo desde cero.
  • En los registros de crédito podés figurar hasta 5 años si no pagás y hasta 2 años desde que cancelás.
  • La Central de Deudores del BCRA muestra 24 meses y se actualiza a fin de cada mes con los datos del mes anterior.
  • Para corregir un dato, reclamá primero a la entidad y, si no responde, al BCRA con su formulario online gratuito.

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